¿Qué son los gastos de formalización de hipoteca?
Son los gastos abonados cuado consituimos un préstamo hipotecario entre un banco y un cliente: Gatsos de Nptaría, Registro, Tasación, Registro de la Propiedad y Gestoría. El pago de estos gastos no se debería haber hecho sólo por cunta del cliente, pero los bancos incluyeron una cláusula abusiva para que el cliente tuviera que abonar en excuisva el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, los gastos de notario, los gastos del registro, los gastos de tasación y los gastos de gestoría.
¿Qué gastos puedo reclamar?
- Factura de la NOTARÍA correspondiente a la Escritura de Préstamo Hipotecario.
- Gastos de TASACIÓN de la vivienda.
- Factura del REGISTRO DE PROPIEDAD por la inscripción de la Hipoteca.
- IMPUESTO DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS al que se encuentre sujeta y no exenta la Escritura de Préstamo Hipotecario.
- Gastos de GESTORÍA. Estos gastos podrían suponer, por ejemplo, en una hipoteca de 150.000 € hasta 3.000 €.
¿No encuentras las Facturas?
En caso de no disponer de las mismas, siempre se pueden pedir duplicados. Los datos de notaría constan en la escritura, el Registro es el que inscribió. Si se desconoce la gestoría que lo tramitó, se puede averiguar, bien por el cargo en cuenta que se le realizara días próximos a la formalización del préstamo hipotecario, bien consta una cláusula de autorización expresa en la propia escritura. En cuanto a Actos Jurídicos Documentados, se puede solicitar el duplicado a Hacienda y la factura también se puede pedir a la empresa tasadora.
¿Cómo reclamos dichos gastos?
Para iniciar la reclamación, se recomienda pedirlo antes al Servicio de Atención al Cliente de la entidad bancaria, donde, adjuntando las facturas abonadas por el consumidor, se exponga que conforme al préstamo de la hipoteca suscrito entre las partes, y considerando nula por abusiva la clausula de imputación de gastos etc.
Dicha reclamación se entrega en cualquier oficina de la entidad, ya que al ir dirigido al Servicio de Atención al Cliente.
Sino recibimos respuesta o la repuesta es negativa, no podremos más que interponer las acciones legales oportuas.
¿Pero, me darán la razón y me devolverán todo lo pagado de más?
Los Juzgados, hasta ahora, han dado la razón la mayoría de las veces a los consumidores obligando a la banca a devolver todos los gastos cargados indebidamente sobre el cliente junto con los intereses de demora.Actualmente la controversia radica e la devolución o no del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, ya que si bien el Tribunal Supremo en el caso concreto enjuiciado sí consideró que corresponden a la entidad bancaria por los fundamentos que constan en la sentencia, y consecuencia de la nulidad, otras instancias y juzgados no lo consideran – cmo por ejemplo el Juzgado 10 BIS de Sevilla, siendo una cuestión a día de la fecha discutida además entre varias Salas del Tribunal Supremo, dónde tan siquiera parecen poerse de acuerdo. Fialmente, estamos a la espera de que el Tibunal Supremo zanje lesta cuestión definitivamente con una Sentencia que esperamos «como agua de mayo» y está muy próxima a conocerse.
Desde este Despacho recomendamos a nuestros clientes esperar a conocer dicha Sentencia antes de interponer la demanda reclamando estos gastos.